As Pontes firma un convenio con el IGVS para movilizar el parque de viviendas vacías
El salón de actos de la Casa Dopeso acogió, la semana pasada, una jornada informativa, organizada por el Ayuntamiento de As Pontes con la colaboración del Instituto Gallega de Vivenda e Solo con el objetivo de informar al vecindario sobre las líneas autonómicas de ayudas, en vigor, en materia de vivienda.
Durante lo encuentro, el regidor local, González Formoso avanzó que el Ayuntamiento de As Pontes firmará un convenio de colaboración con la Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras para poner en marcha un registro municipal de viviendas en alquiler para que el vecindario de las Pontes se pueda beneficiar de estas ayudas y hacer frente a la problemática de acceso a la vivienda detectada en el municipio.
Así, el alcalde apuntó que “en el plan de vivienda elaborado por el Ayuntamiento de As Pontes detectamos una serie de carencias, se da la paradoja de que el 25% del parque de viviendas del municipio está vacío y hay una demanda creciente de alquiler, tanto de personas que vienen a trabajar a As Pontes y como de gente chica que se está encontrando con dificultades para encontrar vivienda en nuestra villa a pesar de existir inmuebles vacíos. En la búsqueda de opciones que contribuyeran a movilizar estas viviendas, mantuvimos un encuentro con la conselleira de Vivienda y hoy, nos presentan las líneas de ayudas con las que cuenta el gobierno autonómico, a las que se puede acoger cualquier vecino o vecinas de As Pontes, para lograr que la población del municipio crezca y mover el mercado de alquiler”.
Por su parte, la secretaria general del Instituto Gallego de Vivenda e Solo, María Ángeles Dominguez explicó a los asistentes las dos líneas de la ayuda del Plan Viviendas Vivas (PMVA) con el que “se pretende movilizar el mayor número posible de viviendas vacías de titularidad privada para su incorporación, a un precio accesible, al mercado de alquiler”
En ambos casos, el PMVA garantizará a las personas arrendadoras de las viviendas incluidas en él durante un plazo máximo de cinco años, a contar desde la entrada en vigor del contrato, un seguro que cubra el abono de las rentas no pagadas, así como un seguro para la reparación de los daños que se ocasionen en las viviendas durante la vigencia del arrendamiento, siempre que no sean consecuencia de su deterioro por su uso o por el paso del tiempo, y la asistencia jurídica ante los problemas que puedan surgir durante el tiempo de duración del contrato o cuando se resuelva.
La primera línea de ayudas se desarrollará a través de una red de entidades colaboradoras (agentes inmobiliarios, administradores de hincas e intermediarios inmobiliarios) que serán las encargadas de localizar y captar viviendas que reúnan los requisitos idóneos, publicarlas en la plataforma informática del IGVS desarrollada para este programa.
Podrán ser arrendatarias de las viviendas incorporadas al PMVA las personas que cuenten con la credencial vigente de su inscripción en el Registro Único de Demandantes de Vivienda de Galicia como demandantes, en régimen de alquiler, debiendo dedicar la vivienda alquilada a su residencia habitual y permanente durante todo el tiempo de duración del contrato.
La unidad de convivencia debe tener unos ingresos anuales de entre 1 y 4,5 veces el IPREM (entre 8.400 y 37.800 euros) y la renta de la vivienda no será superior al 30 % de los ingresos de la unidad de convivencia.
La segunda línea se desarrolla y a través de los ayuntamientos que serán los encargados y elaborar el registro de las viviendas disponibles. En este caso, las personas arrendatarias serán de sectores de la población, a los que, por razón de su baja rella, les resulta más complejo acceder al alquiler.
Así, esta línea de ayudas se dirige a unidades de convivencia con ingresos de entre 0,7 y 1,5 veces el IPREM (entre 5.900 y 12.600 euros), y que tengan dificultades especiales para alquilar una vivienda. Además, tendrán que estar registrados en el R Registro Único de Demandantes de Vivienda de Galicia en régimen de alquiler y la renta que deban pagar no puede superar el 30 % de los ingresos de la unidad de convivencia.